DeCA en Business Central: el documento de control del transporte ya no vale en papel
El DeCA (Documento electrónico de Control Administrativo) acredita, en una inspección en carretera, que un transporte público de mercancías cumple la norma. Hasta el 4 de octubre podía ir en papel. Desde el 5 de octubre de 2026 tiene que ser digital, con código QR, y el conductor tiene que poder mostrarlo. No hay periodo de gracia: el Ministerio no prevé una fase sin sanciones.
Business Central no lo genera. No está en la funcionalidad local española ni en el plan de versión que deja a España el modo VERI*FACTU. Son obligaciones distintas: la factura electrónica no sustituye al documento de control del transporte.
Qué obliga, y desde cuándo
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, en su disposición transitoria octava, fija la digitalización. El Ministerio de Transportes sitúa la fecha en el 5 de octubre de 2026. La referencia técnica vigente es la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril. La resolución de 22 de mayo de 2023 ya no manda: si un proveedor os cita esa, está desactualizado.
El ámbito es el transporte público de mercancías por carretera con origen y destino en España, cabotaje incluido. No es lo mismo que el transporte internacional, ni que la hoja de ruta de viajeros, ni que todo transporte privado complementario. Antes de comprar nada, confirmad si vuestros envíos entran.
Lo que la norma pide al fichero, en corto:
- Un PDF nativo digital (escanear el papel está prohibido) y de como mucho 5 MB.
- Un código QR con la URL del documento.
- Esa URL en HTTPS, con descarga directa del PDF: sin página intermedia, sin botón y sin pedir clave.
- El fichero disponible durante el servicio y al menos 7 días naturales más.
- Conservación de al menos un año por el cargador y por el transportista.
- Cargador contractual y transportista efectivo identificados por separado.
- Si los datos cambian en ruta, el original no desaparece.
No hay que enviar el fichero a la Administración, ni registrar antes el dominio, ni firmarlo electrónicamente. No es un VERI*FACTU del transporte: es generar el PDF, publicarlo y poner el QR.
Los datos de la mercancía siguen siendo los del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 (naturaleza, peso, origen, destino, matrículas y el resto de caracteres esenciales).
El dolor real (no es «imprimir el albarán»)
- El albarán no es el DeCA. Aunque salga de almacén, no lleva el QR ni la URL que la inspección puede abrir.
- Otro portal al lado del ERP. Cargador, transportista, origen, destino y peso ya están en Business Central. Volver a teclearlos es donde se descuadra.
- La etiqueta del transportista es otra cosa. EnvIA saca la etiqueta de la agencia. El DeCA es el documento de control administrativo. Hacen falta los dos, no uno en lugar del otro.
Cómo lo abordamos: PorteIA
PorteIA es nuestra extensión para este documento. Nace del albarán de venta registrado o del envío de transferencia registrado: toma cargador, transportista, origen, destino, mercancía y peso de lo que ya está en Business Central, y monta el DeCA con su PDF y su QR.
Solo entra en juego el transportista marcado como que requiere DeCA. Pedir el documento dos veces del mismo albarán no duplica el fichero. La publicación deja una URL que descarga el PDF directamente, que es lo que la inspección tiene que poder abrir.
¿Cuándo sí / no?
| Situación | Encaje |
|---|---|
| Transporte público de mercancías por carretera en España, con albarán en BC | Sí: obligatorio desde el 5 de octubre de 2026 |
| Solo vendéis y no contratáis ese transporte | Puede que no os alcance la obligación: confirmad el supuesto |
| El lío es la etiqueta de la agencia | Eso es EnvIA, no el DeCA |
| El lío es el muelle | Eso es LogistIA |
| Viajeros y hoja de ruta | Fuera del alcance actual de PorteIA |
Cómo lo vemos en DevConsultIA
Primero si vuestros envíos están en el supuesto. Luego el documento sale del albarán, no de un Excel paralelo. Sin tratarlo como si hubiera que «declararlo al Ministerio»: no hay sede electrónica a la que remitirlo.
Hablemos si expedís mercancía por carretera y seguís con el papel o con un portal aparte.
Preguntas frecuentes
¿Business Central traerá el DeCA de serie? A fecha de hoy, no. La localización española y el plan de versión no lo incluyen. No conviene esperar a una actualización que no está anunciada.
¿Hay que registrarse en una plataforma del Ministerio? No. La resolución de 5 de junio de 2026 quitó el registro previo del dominio. Cada empresa genera y conserva su documento. Tampoco se remite el fichero a la Administración ni se exige firma electrónica.
¿Hace falta un portal o una app de DeCA aparte? No es obligatorio. La norma pide el PDF, el QR y una URL que lo descargue; no dice dónde se genera. Muchos portales sirven, pero obligan a teclear otra vez lo que ya está en el albarán. Si el albarán sale de Business Central, el DeCA puede salir de ahí también.
¿Sirve un PDF escaneado del documento en papel? No. El PDF tiene que ser nativo digital, con el QR y una URL que descargue el fichero sin pasos intermedios.
¿PorteIA y la etiqueta del transportista son lo mismo? No. La etiqueta es la expedición con la agencia. El DeCA es el documento de control administrativo del transporte público de mercancías. PorteIA cubre el segundo.
Artículo informativo, no un dictamen jurídico. El supuesto concreto (público, privado, internacional) conviene contrastarlo. Última revisión: 6 de octubre de 2026.